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¿En qué consistirá la nueva ley de Bienestar Animal?

Actualizado: 28 jul 2022


ley de bienestar animal

Como muchos de vosotros ya sabréis, el pasado mes de marzo los diferentes partidos políticos de España, junto con entidades relacionadas con el mundo animal (la RSCE y diversas asociaciones y protectoras) se reunieron para crear el tan esperado Borrador de Anteproyecto de ley del bienestar de los animales.

Esta nueva ley de Bienestar animal, esta hecha para proteger los derechos de perros y gatos.



Lo que esta ley intenta conseguir, es la concienciación de los propietarios de animales, así como velar por la salud y el bienestar tanto físico como metal de nuestros queridos amigos peludos.

También destacar, que ha puesto una larga lista de sanciones, para aquellas personas que incumplan esta nueva ley.


A continuación, te hago un resumen de las nuevas leyes que creo son muy beneficiosas, pero si te interesa mucho este tema, aquí te dejo el Borrador Oficial del Anteproyecto de ley de Bienestar animal.


 

Prohibiciones


En el Título 1, artículo 4 de la nueva ley de bienestar animal, hace referencia a los procedimientos que estarán prohibidos (con su correspondiente sanción si se incumple la normativa). A continuación te enumero las nuevas prohibiciones, algunas aclaraciones que no se encuentran dentro de la ley las he puesto de otro color:

ley de bienestar animal
  1. Maltratarlos, torturarlos o someterlos a cualquier otra práctica que les produzca sufrimiento o daños inútiles o innecesarios.

  2. Abandonarlos.

  3. Matarlos, a excepción de aquellos animales que ya no tengan calidad de vida y se decida eutanasiar con la aprobación del veterinario.

  4. Utilizarlos en peleas.

  5. Practicarles mutilaciones, siempre que no sean necesarias para la salud del animal. Por mutilación se entiende: cortar orejas, colas, cuerdas vocales o desungular (entre otras).

  6. Utilizar a los animales en actividades, que les causen angustia, dolor o sufrimiento.

  7. Llevar a cabo actuaciones o prácticas de selección genética de las que se deriven problemas o alteraciones graves en la salud del animal. En este punto, entiendo que lo que quieren es eliminar de la cria aquellos ejemplares que tengan algún problema o enfermedad que se pueda trasmitir a la descendencia, así como los InBreeding* muy cerrados.

  8. Vender y exponer animales en las tiendas. Ya era hora.

  9. La transmisión de animales solo podrá realizarse directamente bien desde el criador o bien desde un establecimiento de acogida. Fantástico.

  10. No podrá comercializarse un animal de edad inferior a ocho semanas. Maravilloso.

  11. No podrá comercializarse, donarse, o entregarse en adopción, un animal no identificado conforme a la normativa vigente. Me parece bien que lo especifique, pero creo que es muy básico.

*InBreeding: El Inbreeding es el cruce que se realiza con animales con parentesco muy cercano (Padre e hija, Dos hermanos etc..)



 

Obligaciones


En el Título 1 artículo 5, hace referencia a las obligaciones, y hace diferenciación entre propietarios, criadores y establecimientos de acogida (es decir, protectoras y asociaciones de animales).


En este caso, solo resumiré las obligaciones de los titulares (o propietarios) ya que criadores y protectoras que deban estar al día de la nueva legislación, no vendrán aquí a leerlo.


ley de bienestar animal
  1. Proporcionarles la atención y los cuidados necesarios para garantizar que no padezcan dolores, sufrimiento o daños inútiles. Es decir, llevar al perro o gato al veterinario cuando no se encuentre bien, y por favor, no automedicar.

  2. Adoptar las medidas necesarias para que los animales reciban agua, alimento y espacio adecuados para su edad y estado fisiológico.

  3. Cumplir la normativa aplicable a cada caso, respecto de las condiciones en que se poseen o se mantienen los animales, teniendo en cuenta su especie y grado de desarrollo.

  4. Comunicar a la autoridad competente la pérdida de un animal en el plazo máximo de siete días naturales desde que se produjo la misma. ¿Muy básico no? deberías comunicarlo en el mismo momento en que no sabes donde está tu perro/gato, pero aún y así, te dan una semana para hacerlo.

  5. Proporcionar a los animales las vacunaciones o tratamientos obligatorios, según la edad, así como los necesarios cuidados sanitarios, incluidas desparasitaciones.

  6. Comunicar a la autoridad competente la muerte del animal. En este punto en particular, no entiendo que relevancia tiene para el bienestar animal comunicar a las autoridades su fallecimiento (el veterinario cuenta como autoridad) pero si no lo sabias, ahora ya sí.

  7. Comunicar a la autoridad competente el cambio de titularidad sobre el animal, en caso de transmisión. Si le regalo el perro que es de la familia a mi hija que se independiza. Si ya no puedo tener el perro por el motivo X, y se lo doy a un familiar o amigo (aunque recuerda que antes en el punto 9 hemos hablado de que necesitarás un criador o protectora para hacer el cambio)

  8. Identificar a los mismos en función de la edad del animal, según se haya determinado por la autoridad competente. Que lleven el chip con tus datos y los de tu animal actualizados, aunque si adquieres tu animal en un criador responsable o protectora, ya lo tendrá.


 



Identificación

Todos los propietarios de perros o gatos, queremos que si algún día nuestro perro o gato se pierde, vuelva a casa lo antes posible. La manera más rápida de conseguirlo, es identificándolo. Tienes este artículo ¿Porque identificar a mi perro? pero si no fuera suficiente motivo querer recuperarlo si se pierde, es obligatorio POR LEY.

anteproyecto de ley de bienestar animal
  1. La identificación se llevará a cabo, en los plazos, forma y condiciones establecidos por la autoridad competente, mediante la implantación de microchip en el animal, y el suministro de los datos del titular y del animal a dicha autoridad competente. Sobre los plazos, para mí, un perro debe estar identificado como muy tarde el primer día que pueda salir a la calle (es decir con 3 meses).

  2. La autoridad competente gestionará un registro. Es decir, que el veterinario, criador o protectora se encargará de introducir los datos de animal y propietario en una base de datos reconocida.

  3. Las Administraciones Públicas, la Organización Colegial Veterinaria, y las entidades oficialmente reconocidas para la gestión de libros genealógicos de razas puras de animales, colaborarán activamente para la adecuada conexión de los Registros de Identificación de los animales, y facilitarán el acceso a los mismos a los veterinarios, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, personal al servicio de las Administraciones Públicas, criadores, así como a cualquier persona que acredite un derecho o interés legítimo al efecto. Cualquier persona puede consultar la base de datos.


 

Transporte

Supongo que el tema del trasporte, hace mas referencia a los camiones que vienen del extranjero llenos de animales que a los propietarios de perros. Si necesitas consejo, tienes un artículo donde hago algunas recomendaciones para viajar con tu perro.

Aquí os dejo el resumen de lo concerniente al transporte en la nueva ley de Bienestar Animal:


bienestar animal
  1. Que los animales están en condiciones de realizar el viaje previsto.

  2. Que se atienden las necesidades de los animales.

  3. Que el medio de transporte o contenedor es adecuado, en función de la especie, tamaño y necesidades del animal.

  4. Que el animal está protegido de las condiciones adversas, y, en particular, se asegurará de que no se deje sin cuidados en el medio de transporte o contenedor en condiciones tales que puedan ser perjudiciales para su seguridad o salud.

  5. Que a los animales se les suministra agua, alimento, y, en caso necesario, períodos de descanso a intervalos suficientes y en condiciones cuantitativa y cualitativamente adecuadas a su especie y tamaño.



 

Creo que al margen de lo que dictamine la ley, es responsabilidad tanto de criadores como de protectoras, concienciar a la gente sobre la tenencia responsable de animales. Nuestro objetivo es abandono 0 y que todos los animales puedan disfrutar de una buena y larga vida en familia.


Espero que este resumen sobre la nueva ley de bienestar animal te haya resultado de interés, si te ha gustado dale like, y si quieres puedes dejar tu opinión sobre la nueva ley en los comentarios.




Conoce más a nuestros Rough Collies en nuestra web.


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